miércoles 14 de abril de 2010

Si quieres montar un negocio tienes ayudas…aprovéchalas

Las diferentes Administraciones Públicas, ya sea estatal, autonómica o local ponen a disposición de los ciudadanos un abanico de ayudas y subvenciones para colaborar en los inicios de un negocio, en diversas ocasiones los emprendedores no solicitan estas ayudas por diversos motivos y uno de ellos es el desconocimiento de su existencia.

Para ayudar a su conocimiento se ha decidido desde el área de asesoría jurídica, elaborar una pequeña lista de aquellas ayudas que se han considerado más adecuadas para los jóvenes que visitan el centro, sin más dilación paso a desarrollar su contenido:

1. Promoción del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad de Madrid para el año 2010, dirigida a personas con domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid, desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, con anterioridad al inicio de su actividad como trabajadores autónomos. Se trata de una subvención muy interesante para aquellos que quieran iniciar una actividad o formarse para iniciar una, así lo que se subvenciona es:

a. El establecimiento como trabajador autónomo, en cuantía máxima de 10.000€, la cantidad exacta la fijará el Servicio Regional de Empleo, encuadrando al solicitante en función de sus caracteres en uno de estos grupos:

i. 5.000€ para desempleados en general.

ii. 6.000€ para jóvenes desempleados de 30 años o menos.

iii. 7.000€ para mujeres desempleadas.

iv. 8.000€ para desempleados con discapacidad.

v. 10.000€ para mujeres desempleadas con discapacidad.

vi. Además en el caso de mujeres víctimas de violencia de género, las subvenciones se incrementarán hasta un 10%.

b. Subvención financiera, ayuda para reducir intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones para la creación y puesta en marcha de la empresa, en cuantía máxima de 10.000€ determinada igualmente por el Servicio Regional de Empleo, graduándose en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo del solicitante, en función de su inclusión en alguno de estos grupos:

i. 5.000€ para desempleados en general.

ii. 6.000€ para jóvenes desempleados de 30 años o menos.

iii. 7.000€ para mujeres desempleadas.

iv. 8.000€ para desempleados con discapacidad.

v. 10.000€ para mujeres desempleadas con discapacidad.

vi. Además para mujeres víctimas de violencia de género, se incrementarán las cantidades hasta un 10%.

c. En cuanto a la subvención para formación, esta será de hasta un 75% del coste de los cursos recibidos con un importe máximo de 3.000€.

Las solicitudes para estas ayudas se pueden entregar en cualquier registro en virtud del Convenio Marco Ventanilla Única, en oficinas de correos, así como a través de la página web www.madrid.org

Estas subvenciones se han publicado en virtud de la orden 3987/2009 de 29 de diciembre.

2. Financiación a mujeres emprendedoras y empresarias, esta ayuda surge del Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, Ministerio de Igualdad y la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA) para facilitar el acceso a la financiación a través de micro-créditos a las mujeres emprendedoras y empresarias. Estos créditos tienen la ventaja de no exigir avales personales a los beneficiarias, con ellos se financiará hasta el 95% del coste total del proyecto, hasta un máximo de 25.000€.

Para asegurar la concesión de esta financiación, se ponen límites en cuanto a las causas de exclusión así no constituyen causas de exclusión: el tener una hipoteca anterior, ser titular de otro préstamo personal siempre que no se haya destinado al mismo negocio, tener cargas familiares o carecer de experiencia empresarial.

El plazo de amortización será de 5 años más 6 meses de carencia optativa para la emprendedora. Además el tipo de interés será del 6%, estableciéndose un tipo variable del 1,5% sobre el índice de referencia del Euribor (teniendo en cuenta que nunca podrá superar el 6% antes citado).

Además estos créditos no tendrán comisión de apertura, de estudio ni de amortización parcial o total.

Podrán beneficiarse de esta ayuda todas las mujeres emprendedoras y empresarias, que cumplan los siguientes requisitos o condiciones:

a. Que inicien su actividad o la hayan iniciado en un periodo inferior a 3 años. (con posible extensión a 2 años más).

b. Que presenten el plan de empresa precalificado favorablemente por la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa (DGPYME) y el certificado de validación emitido por las asociaciones de mujeres y ONGs de acción social, con las que el Ministerio de Igualdad ha suscrito acuerdos de colaboración.

Puntualizar que estas ayudas para la mujer emprendedora estarán en vigor hasta el 28-5-2010, y para ampliar información se puede acudir a la siguiente página mytic.es

3. Líneas ICO.

a. Línea ICO – Emprendedores 2010; su objetivo es financiar inversiones en diferentes ámbitos entre los que cabe citar los siguientes:

i. Activos fijos productivos, tanto si son nuevos como de segunda mano.

ii. Adquisición de turismos, siempre que su importe sea inferior a 24.000€ (IVA incluido)

iii. Gastos inherentes a la constitución de la empresa, con el límite del 10% del proyecto total.

iv. Adquisición de empresas.

v. IVA O IGTC (para las islas Canarias)

Los beneficiarios de estas ayudas son básicamente dos, microempresas y autónomos (que cumplan los requisitos de microempresa e inicien nueva actividad) con referencia a su fecha de constitución para las microempresas y con referencia a la fecha de alta en el IAE para autónomos, para ambos la fecha de referencia es el 1-1-2009.

Decir que el importe máximo de esta financiación es de 300.000€ por cliente o línea en una o varias operaciones hasta el 100% de la inversión.

Estas ayudas estarán vigentes hasta el 20-12-10 o en su defecto hasta la fecha en que se agoten los fondos previstos para las mismas si es anterior.

Se solicitan ante las diversas entidades financieras acogidas a esta línea ICO, que en definitiva son los bancos y cajas de ahorro más populares.

Para finalizar, decir que se considera microempresa a aquella cuya facturación y balance general a 31-12-09 sea inferior a 2 millones de euros y que emplea entre 1 a 9 trabajadores a 1-12-09.

b. Línea ICO – Liquidez 2010, que tiene marcado como objetivo principal el atender las necesidades de capital circulante de empresas y autónomos que sean solventes y viables, por tanto esta línea está dirigida a autónomos y empresas, que se encuentren al corriente de pagos con la correspondiente entidad de crédito concedente.

Las cuantías de esta línea dependerá del volumen de la empresa o negocio de que se trate, así:

1. Para autónomos y empresas con menos de 50 trabajadores, la línea ascenderá hasta 2 millones de euros.

2. En empresas con 50 o más trabajadores la cantidad ascenderá hasta un máximo de 50 millones de euros.

Esta línea ICO estará en vigor hasta el 20-12-2010 o en su defecto hasta la fecha en la que se agoten los fondos destinados a la misma si es anterior, además se tramitarán ante las diferentes entidades financieras que presten esta línea ICO que son los bancos y cajas más populares.



c. Para más información sobre estas líneas ICO y otras se puede acudir a la página web ico.es y en el teléfono gratuito 900 567 777 de atención al cliente.

Para finalizar, voy a incluir una lista de sitios web que se pueden consultar para ampliar información sobre estas u otras ayudas existentes para jóvenes y mujeres emprendedoras, que son las siguientes:

-AJE (asociación de jóvenes empresarios en Madrid)

-Emprendedoras.com

-E-empresarias.com

-Redempresarias.com

-ico.es

-Cámara de comercio de Madrid

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